sábado, 10 de marzo de 2012

0 Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer (VII)

Consideremos, a título de ejemplo, el caso de los animales. ¿Debemos entender tal vez que es correcto discriminar a las hembras en expresiones tan comunes como los perros, los gatos, los lobos o los jabalíes, o hemos de interpretar, por el contrario, que no es preciso que el género tenga aquí correspondencia con el sexo? Los que elijan esta última opción ¿habrían de argumentar tal vez que los animales no tienen dignidad, y que este es el factor que determina la visibilidad morfológica? De nuevo, ¿cuál es el límite?
A los que respondan que no conviene llevar las normas o las reglas gramaticales a sus extremos, habría que recordarles que las normas gramaticales no tienen extremos. Se formulan de cierta manera y se aplican en función de ciertos criterios léxicos, morfológicos o sintácticos que deben expresarse con claridad. Se dice en algunas guías (por ejemplo, en CCOO-24) que los críticos del desdoblamiento léxico (ciudadanos y ciudadanas, etc.) construyen deliberadamente ejemplos recargados con el solo propósito de ridiculizar, a menudo en periódicos o en blogs, a quienes proponen dicho recurso visibilizador. Pero los fragmentos de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela que oportunamente cita Ignacio M. Roca en el Boletín de la Real Academia Española (tomo 89, 2009, pág. 78), no constituyen ejemplos inventados por periodistas o escritores:
«Sólo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.»
«Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.»
De hecho, tales desdoblamientos múltiples se proponen a menudo como ejemplos en estas mismas guías. La de la UNED considera que no debe decirse Los funcionarios interinos que hayan trabajado entre el 8 de julio y el 7 de enero […], sino (UNED-5) Los funcionarios y funcionarias interinos e interinas que hayan trabajado entre el 8 de julio y el 7 de enero […]. También propone (UNED-8) como modelo de redacción frases como […] foros y chats, para que el/la estudiante pueda comunicarse con el equipo docente, los/las tutores/as y los/las compañeros/as…, así como En estos centros las tutoras y los tutores actuarán como guías y asesores de las alumnas y los alumnos (UNED-10), con aparente discriminación de las asesoras. En MAL-70 se sugiere como pauta El/la avalado/a está obligado/a a comunicar a el/la avalista dicha circunstancia.
Ignacio Bosque

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